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Legalidad de la donación de ovocitos en España: anonimato y confidencialidad

Legalidad de la donación de ovocitos en España: anonimato y confidencialidad

Los tratamientos de reproducción realizados con óvulos donados han cobrado una importancia relevante en los últimos años.

Es conveniente destacar las principales características que la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida concede a la donación de ovocitos, y que se explica a continuación.

Características ley española sobre la donación de óvulos:

  1. La donación de ovocitos ha de ser altruista y no remunerada. Ya que uno de los principios inspiradores de la legislación sanitaria española es la prohibición de comerciar con el cuerpo humano y con sus células.
  2. Además, se trata de un contrato gratuito y formal entre la donante de óvulos y el centro autorizado para realizar la técnica. De este modo, la elección del donante corresponde al equipo médico del centro.
  3. El aspecto fundamental es el anonimato de la donación y la garantía de confidencialidad de los datos personales e identidad de los donantes Tanto por los bancos de gametos, como por los centros de reproducción.
  4. Los hijos y las receptoras tendrán derecho a obtener información general de los donantes, que no incluya su identidad.
  5. Sólo excepcionalmente, en circunstancias que comporten un peligro cierto para la vida o salud del hijo, podrá revelarse la identidad de los donantes. Siempre que dicha revelación sea indispensable.

¿Se puede revelar la identidad del donante?

En este sentido hay que destacar, que sólo por motivos excepcionales que comporten un peligro cierto para la vida o la salud del hijo o cuando proceda con arreglo a las leyes procesales penales, se podrá revelar la identidad de los donantes. Por supuesto, sin dar ningún tipo de publicidad a estos datos.

Para terminar con la regla del anonimato, es importante comentar que, no obstante la prohibición de revelar la identidad de los donantes, la ley concede el derecho tanto a las pacientes receptoras de gametos y embriones como a los hijos nacidos de los mismos, a obtener información general de los donantes que no incluya su identidad. En todo caso, dicha información ha se ser limitada y no puede dar lugar a que la donante sea identificable.

La ruptura de las condiciones de confidencialidad de los datos personales y la retribución económica a donantes de gametos o embriones,  están tipificadas en la Ley de reproducción asistida como faltas graves. Lo que conlleva importantes multas pecuniarias. Que pueden llegar a la revocación de la autorización sanitaria como centro de reproducción asistida y, por tanto, al posible cierre del mismo.

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